El Tribunal Supremo ha confirmado la responsabilidad civil del Arzobispado de Madrid en un caso de abuso a un menor cometido por un sacerdote, secretario de vicaría de una parroquía de la capital. El Supremo rechazó un recurso contra una sentencia de la Audiencia Provincial de octubre de 2006 por la que se condenaba al cura acusado de pederastia a dos años de prisión y a una indemnización de 30.000 euros.
Por ello, el Arzobispado de Madrid deberá hacer frente al pago de esa suma como responsable civil subsidiario, según el fallo difundido el martes.
La sentencia del TS considera que "el arzobispado debía haber vigilado el comportamiento del acusado", que llegó a realizar tocamientos sobre el menor en la propia vicaría.
En el Arzobispado de Madrid no había nadie disponible por el momento para comentar la resolución judicial.
El sacerdote condenado entró en contacto con la familia del menor por su cargo en la parroquia de Santo Domingo Guzmán de Madrid.
Según los hechos recogidos en la sentencia, el condenado acudió a la vivienda del menor para su formación religiosa y refuerzo de los deberes escolares.
"En varias ocasiones, primero en casa y luego en la vicaría, realizó tocamientos en el pene del menor y le obligó a que le tocara a su vez sus órganos genitales", dijo el fallo.
El Código de Derecho Canónico obliga a labores de vigilancia y control sobre los párrocos de la diócesis, según dijo el Supremo para argumentar la confirmación de la primera sentencia condenatoria.
La sentencia del TS considera que "el arzobispado debía haber vigilado el comportamiento del acusado", que llegó a realizar tocamientos sobre el menor en la propia vicaría.
En el Arzobispado de Madrid no había nadie disponible por el momento para comentar la resolución judicial.
El sacerdote condenado entró en contacto con la familia del menor por su cargo en la parroquia de Santo Domingo Guzmán de Madrid.
Según los hechos recogidos en la sentencia, el condenado acudió a la vivienda del menor para su formación religiosa y refuerzo de los deberes escolares.
"En varias ocasiones, primero en casa y luego en la vicaría, realizó tocamientos en el pene del menor y le obligó a que le tocara a su vez sus órganos genitales", dijo el fallo.
El Código de Derecho Canónico obliga a labores de vigilancia y control sobre los párrocos de la diócesis, según dijo el Supremo para argumentar la confirmación de la primera sentencia condenatoria.
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